Comisión de Justicia acogió iniciativa del Ejecutivo
siempre que no implique engaño o abuso del cargo. También se modifica
Código Penal para establecer pena de cárcel de 25 a 30 años para quien
viola a un adolescente
Foto referencial
Un proyecto de ley que propone
despenalizar las relaciones sexuales consentidas entre adolescentes de
14 a 18 años fue aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso.
El dictamen, que tendrá que ser aprobado en el pleno, recoge la
iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, la cual plantea modificar el
Código Penal en sus artículos 170, 173 y 175, respecto de los delitos de
violación de la libertad sexual en personas de 14 y 18 años de edad.
El titular de este grupo de trabajo, Rolando Sousa, precisó que la
norma se aplica siempre que no se trate de una relación que implique
engaño, abuso del cargo o función por parte de personas mayores de edad.
También se elimina la figura de la seducción para incorporar en el artículo 175º del Código Penal:
“El que mediante cualquier forma de engaño o valiéndose de una
situación de superioridad por posición, cargo, o aprovechándose de la
vulnerabilidad de la víctima tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o
bucal, o realiza otros actos análogos a una persona entre catorce y
menos de dieciocho años, será reprimido con pena privativa de la
libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años”.
PENAS DRÁSTICAS
También modifica el artículo 170 del Código Penal estableciendo una pena privativa de la libertad, entre 25 y 30 años, para quienes violan sexualmente a víctimas entre catorce y dieciocho años.
En entrevista a Radio Programas, Sousa justificó el proyecto
indicando que actualmente cientos de adolescentes son denunciados y
hasta detenidos por haber tenido relaciones sexuales con sus enamoradas,
pese a que fueron consentidas.
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